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Sigue aprendiendo sobre la industria de la franquicia. Esta vez te mostramos los términos sobre Franquicias más importantes de la M a la R.
Manual de adecuación de locales: Proyecto decorativo y constructivo mediante el cual se identifica la normativa de acondicionamiento del local comercial para explotar una marca determinada. En este documento se especificarán con detalle los criterios de adecuación, decoración y equipamientos del local de negocio. Generalmente realizado sobre un local prototipo, presentará planos de fachada y planta, infografías, y la relación y valoración de las partidas de acondicionamiento. |
Manual de calidad: Documento operativo que incluye la información precisa para que el centro franquiciado pueda controlar la calidad de la gestión con la que desarrolla su actividad. El manual aportará las características que deberán cumplir las materias primas y los productos manufacturados para ser considerados material conforme, el estado en el que debe mantenerse el establecimiento y las pautas para prestar el servicio según los estándares considerados adecuados por la central. |
Manual de identidad visual e imagen corporativa: Es el documento que contiene las especificaciones técnicas de la marca y signos distintivos del sistema, así como su traslado a los elementos de uso cotidiano en el negocio. Su finalidad básica, además de determinar de forma exacta las características visuales de la marca, es impedir que la duplicación de éstos pueda hacerse de forma incorrecta desvirtuando la identidad visual de la cadena. |
Manual de norma, de operaciones o de procedimiento: También se le conoce como "Package" o Manual de normas. Es un documento ormas y directrices concretas de la correcta gestión y explotación del negocio franquiciado. |
Manual de sistema: Documento en el que se concretan los diversos aspectos propios de la relación empresarial de franquicia: formación, criterios de supervisión del negocio, control de su gestión, servicios de asistencia técnica y comercial al franquiciado, esquema organizativo de la central franquiciadora, fondo institucional de marketing, funcionamiento de comités de franquiciados y del consejo de la red, etc. |
Manual relacional: Contiene todos los aspectos relacionales de la actividad, es decir, aquellos ámbitos de actuación propios de un sistema asociado y que no existirían desde la perspectiva operativa de un negocio independiente. |
Marca: Signo o símbolo que sirve para señalar y distinguir los establecimientos y/o productos propios de una cadena de franquicia. La marca, forzosamente, deberá estar registrada a favor del franquiciador en el correspondiente Registro de patentes y marcas. |
Margen bruto: Diferencia entre los ingresos y los costes de producción, sin incluir los gastos de la estructura administrativa y comercial ni los gastos financieros. Cuando se trata de una empresa comercializadora, es la diferencia entre los ingresos por ventas y el coste de las mercancías vendidas. |
Margen neto: Diferencia entre unos ingresos y todos los costes necesarios para lograrlos, incluyendo amortizaciones e impuestos. En el comercio suele indicar el margen bruto menos los gastos de venta directos. |
NIFRA: Número de Identificación que otorga la Subdirección general de comercio del Ministerio de Economía, a las empresas franquiciadoras inscritas en el amparo del Reglamento español de franquicia. |
No competencia: Con la firma del contrato de franquicia el franquiciado adquiere un compromiso de no ejercer ningún tipo de competencia frente al franquiciador, y en concreto a fabricar, vender o utilizar productos competidores; a ejercer una actividad similar que pueda ejercer una competencia directa o indirecta a la del franquiciador; a adquirir participaciones en empresas competidoras. |
Objeto social: Actividad mercantil o industrial para cuya realización se constituye la sociedad. Según nuestra legislación, ha de ser lícito y estar determinado. |
Obligaciones del franquiciado: Compromisos adquiridos por el franquiciado en el ámbito de la relación contractual de franquicia. Estas obligaciones vendrán referidas a aspectos operativos y de gestión, aprovisionamientos, contraprestaciones financieras, uso de marca, información al franquiciador, no competencia, confidencialidad, etc. |
Obligaciones del franquiciador: Compromisos adquiridos por el franquiciador en el ámbito de la relación contractual de franquicia. Estas obligaciones vendrán referidas a aspectos formativos del franquiciado, entrega y actualización de manuales, formación, asistencia técnica y comercial, suministros, control de la cadena, animación de la red, etc. |
Pasivo: Parte del balance de situación de una empresa que refleja sus deudas con terceros (proveedores, acreedores bancarios, etc.), y sus fondos propios (capital y reservas). Se representa a la derecha o debajo del activo. |
Periodo de carencia: Suele darse esta denominación al plazo de tiempo en el que se exime del pago de las cantidades acordadas. Por ejemplo, el propietario de un local otorga al arrendatario un periodo de carencia de dos meses mientras lleva a cabo la adecuación de local, por lo que no deberá abonar el alquiler pactado en ese periodo. |
Persona física: Individuo del género humano, susceptible de ser sujeto de derechos y obligaciones. |
Persona jurídica: Corporación, asociación o fundación de interés público y reconocida por la ley. También lo es toda asociación de interés particular, ya sea civil o mercantil, a la que la ley concede personalidad propia independiente de la de sus asociados. Puede adquirir y poseer toda clase de bienes, contraer obligaciones, y ejercitar acciones civiles o criminales conforme a sus normas constitutivas. Es el complemento del ser humano o persona física. |
Plan de negocio o business plan: Resumen detallado de los objetivos de una nueva actividad y de los medios y resultados previstos. Se utiliza en las grandes empresas para la aprobación de nuevos presupuestos, y es básico para los inversores de capital-riesgo que apoyan la creación de empresas Debe incluir: descripción del producto o servicio a ofrecer, mercado potencial y cuota prevista, análisis del consumidor, plan de fabricación con énfasis en nuevas tecnologías, plan de mercadología, balances y cuentas de resultados previsionales para varios años, necesidades financieras y forma de cubrirlas, y plan de salida a bolsa si fuera pertinente. |
Política de precios: Plan estratégico de fijación de los precios de venta al público de los productos y/o servicios objeto de comercialización en una determinada actividad empresarial. En franquicia se aplicarán exclusivamente políticas de precios recomendados y máximos. |
Precontrato de franquicia: Documento que otorga al firmante un derecho de reserva de una zona y la posibilidad de adquirir una franquicia que podrá explotar en exclusiva en la misma. Se trata de un acuerdo de intención, previo a la firma del contrato de franquicia, que las partes firman con el fin de realizar una serie de análisis y acciones precontractuales en base a las cuales determinar la viabilidad de explotación de la franquicia y adoptar una decisión definitiva. |
Proveedor homologado: Proveedor autorizado por la central de franquicia y cuya validación vendrá dada por la valoración previa que ésta realice de la empresa suministradora y del cumplimiento de esta última de los requisitos de calidad, de producción, de instalaciones, de almacenamiento y de distribución que deben verificarse permanentemente para el mantenimiento de la homologación y, en definitiva, para formar parte de la relación de proveedores autorizados de la cadena. |
Publicidad corporativa: Comunicación dirigida a mejorar la imagen de la propia compañía, aumentando el grado de conocimiento o su reputación, más que promoviendo productos concretos. Es sinónimo de publicidad institucional. |
Publicidad de lanzamiento: Acciones de comunicación y publicidad que se realizan para presentar en el mercado un nuevo producto o la apertura e inicio de actividad de una nueva empresa. En franquicia, el franquiciador diseñará campañas para la promoción local de un nuevo establecimiento de su cadena y que se desarrollarán durante sus primeras semanas de funcionamiento. |
Publicidad local: Promoción y divulgación que de la marca y servicio realizará el franquiciado en su localidad empleando los medios que el franquiciador le indique como más adecuados de acuerdo a sus experiencias. Ésta deberá realizarse exclusivamente en su demarcación zonal exclusiva, aunque si bien, en caso de existir más de una unidad franquiciada en la misma localidad, todas ellas podrán aunar esfuerzos publicitarios y unificar y economizar sus acciones publicitarias. |
Publicidad nacional: Promoción y divulgación que la enseña realizará en la totalidad de su ámbito nacional de actuación con cargo al fondo de marketing generado con las aportaciones realizadas por todos los miembros franquiciados de la cadena. |
Público objetivo o target: Sector concreto de la población al que va destinado un producto o un mensaje publicitario. Se puede distinguir entre prescriptor, comprador y consumidor del producto. El público objetivo se define por características demográficas, geográficas, socioeconómicas, y de estilo de vida. |
Punto de equilibrio: También llamado umbral de rentabilidad o punto muerto, es el nivel de producción o de ventas con el cual los ingresos se igualan con los costes asociados a su consecución. El cálculo de esta cifra de negocio resulta básico en la compra de una franquicia por parte de un franquiciado en tanto podrá compararlo con el periodo de vigencia contractual propuesto por el franquiciador y así determinar la viabilidad financiera de la adquisición y explotación de la franquicia. |
Razón, nombre o denominación social: Denominación de una sociedad. En franquicia, cada una de las partes del acuerdo dispondrá de su propia denominación, la cual habrá de constar en todo tipo de documentos comerciales y mercantiles empleados por ambas con el fin de no provocar confusión en el cliente final y ante el mercado en general. Es habitual que el franquiciador prohíba el uso de derivaciones de su propia denominación o de su marca o nombre comercial en la denominación de la sociedad franquiciada, lo que podría resultar perjudicial para sus intereses en caso de conclusión de la relación de franquicia. |
Recursos ajenos: Recursos de la empresa que figuran en el pasivo de su balance, formados por todas la obligaciones o deudas con terceros. Los fondos ajenos complementan como fuente de financiación a los fondos propios, y son prioritarios a éstos en la liquidación del patrimonio social. Equivale a fondos ajenos. |
Recursos propios: Recursos de la empresa que figuran en el pasivo de su balance, formados por el capital social, reservas y resultados pendientes de aplicación. También figuran los fondos de regularización, procedentes de actualizar el valor de los activos con la inflación soportada y las subvenciones recibidas pendientes de considerar como ingresos del ejercicio. Equivale a fondos propios. |
Registro de franquiciadores: Registro especial de ámbito autonómico en el que quedan inscritas las empresas franquiciadoras que desarrollan sus cadenas comerciales en España. |
Reglamento de franquicia: Relación de normas jurídicas dictadas por la Administración para la regulación del sistema de franquicia. La franquicia encuentra su norma reguladora principal en un reglamento comunitario. |
Rentabilidad: Obtención de beneficios o resultados en una inversión o actividad económica. |
Responsable solidario: Apoderado, avalista o principal que responde íntegramente de la obligación frente al reclamante, aunque posteriormente pueda repetir contra los restantes. Protege más al reclamante que en el caso del responsable mancomunado. Este tipo de responsabilidad debe establecerse explícitamente. |
Rotación de stocks: El número de veces que un establecimiento vende su cifra promedio de stock en un periodo de tiempo determinado. Podrá ser calculado dividiendo las ventas entre el valor del stock a su estado medio y calculado a precio de venta.. |