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Los contratos de franquicia están llenos de términos y de conceptos desconocidos para el emprendedor "novato". En Franquicia Directa hemos hecho una recopilación del los términos más usados para que no te sientas perdido. A continuación podrás ver las palabras clave sobre Franquicias más importantes de la A a la D.
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Activo: Conjunto de todos los bienes y derechos con valor monetario que son propiedad de una empresa, institución o individuo, y que se reflejan en su contabilidad. |
Activo circulante: Parte del activo de una empresa que o bien es líquido (caja, bancos, activos financieros a corto plazo), o bien se puede convertir en efectivo dentro del plazo de un año (clientes, existencias, obra en curso, etc.). |
Acuerdo comercial: Convenio firmado por varias naciones para regular los intercambios comerciales entre ellas. |
Acuerdo de franquicias: Documento contractual elaborado por el franquiciador en el que se fijan cada una de las obligaciones de las partes y que debe incluir, entre otras cosas, la cesión del uso de la marca, la transmisión del "saber-hacer" de la enseña y la delimitación del área de exclusividad que se ofrece. |
Autoempleo: Situación laboral de la persona que crea un puesto de trabajo para sí misma, aporta el capital necesario para ello y dirige su propia actividad. |
Autónomo: Trabajador por cuenta propia, es decir, sin vínculo de dependencia laboral en su actividad profesional. En ciertos países está sujeto a un régimen de seguridad social y de impuestos específico. |
Aval: Garantía que presenta el contratista de un contrato para responsabilizarse económicamente de su correcta ejecución y del cumplimiento de las especificaciones del mismo. |
Balance de situación: Informe contable que refleja la situación patrimonial de la empresa en un día concreto. |
Beneficio: Resultado positivo de deducir de los ingresos de la empresa en un determinado período todos los costes y gastos devengados durante el mismo. Si el saldo es negativo hay pérdida. |
Cadena franquiciada: Unidades de negocio que comparten un nombre e imagen común y se comprometen a abastecerse conjuntamente de una central de compras a nivel nacional y un centro distribuidor a nivel regional o mayorista. |
Canon de entrada: También llamado Derecho de Entrada, es el precio que se paga por convertirse en franquiciado de una determinada cadena. Esta cantidad se paga una sóla vez y suele ser a la firma del contrato, aunque pueden plantearse pagos parciales anticipados con el otorgamiento de precontratos o acuerdos de intención. Además hay que decir que esta cantidad está sujeta a IVA. Esta cantidad es en concepto de adquisición de los derechos de franquicia y de uso de marca, así como para sufragar todos los costes inherentes a los planes de asistencia a la apertura del negocio. |
Canon de mantenimiento: También conocido como Royalty, son importes periódicos que el franquiciado abona al franquiciador como consecuencia del apoyo y control continuo que recibe de él. |
Canon de publicidad: En franquicia, es la cantidad generalmente fija o porcentual sobre ventas que el franquiciado destinará a un fondo institucional de marketing para la promoción general de la cadena y que será gestionado por el franquiciador en beneficio de toda la red. En este canon publicitario se materializa la obligación del franquiciado de contribuir a la difusión de la enseña. |
Cliente misterioso: Técnica para controlar a través de auditores no identificados como tales, el funcionamiento de la red franquiciada. El auditor constatará, en una visita al establecimiento como un cliente normal, si el franquiciado cumple o no los parámetros establecidos de antemano con el franquiciador con el objeto de preservar el valor de la marca. |
Comercio asociado: Fórmula de cooperación entre empresas de distribución con el objeto de obtener mejores precios comprando mayores volúmenes, acceder de forma fácil y segura a nuevos mercados, abaratar determinados recursos o servicios especializados o generar otras ventajas análogas. Son comercios asociados por ejemplo, las cooperativas de consumidores, las cadenas voluntarias, las centrales de compra o las franquicias. |
Comercio electrónico: Conocido también como E-commerce, es la transacción comercial de bienes y servicios realizada a través de Internet sin que para ello exista un contacto físico entre comprador y vendedor. |
Comercio tradicional: Término con el que se designa coloquialmente al comercio gestionado por un empresario independiente, no integrado en ningún tipo de red o asociación comercial, que no presenta un claro nivel de especialización comercial y con procedimientos no optimizados de gestión. |
Comité de marketing: Conjunto de franquiciados encargados de representar los intereses generales de los franquiciados relacionados con las acciones de comunicación y publicidad en un Consejo de la Red. Estos franquiciados suelen ser seleccionados por los correspondientes a una zona y suelen llevar a cabo estas funciones de representación con carácter temporal. |
Contrato de franquicia individual: Contrato mediante el cual el franquiciador cede al franquiciado a cambio de una contraprestación económica, directa o indirecta, el derecho a utilizar un sistema compuesto por un conjunto de derechos de propiedad industrial o intelectual; un saber hacer especifico; y una asistencia comercial o técnica continua para que el franquiciado comercialice a clientes finales una serie de productos o servicios. |
Contrato de franquicia máster: Es el contrato de franquicia que se otorga entre un franquiciador y un franquiciado principal o maestro y en virtud del cual este último desarrollará funciones franquiciadoras en una demarcación geográfica concreta. Debe mostrar una rigurosa vinculación con los contratos de franquicia que este franquiciado principal fuera a otorgar con sus subfranquiciados. |
Denominación social: En franquicia, cada una de las partes del acuerdo dispondrá de su propia denominación, la cual habrá de constar en todo tipo de documentos comerciales y mercantiles empleados por ambas con el fin de no provocar confusión en el cliente final y ante el mercado en general. Es habitual que el franquiciador prohíba el uso de derivaciones de su propia denominación o de su marca o nombre comercial en la denominación de la sociedad franquiciada, lo que podría resultar perjudicial para sus intereses en caso de conclusión de la relación de franquicia. |
Derecho de tanteo: Facultad prioritaria para realizar una determinada acción o ejercer un cierto derecho. En franquicia es habitual en operaciones de nuevas aperturas en multifranquicia, en derechos de recompra de existencias, en la compra de acciones, etc. |